La concepción papal del imperio y del emperador como dominus mundi

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Sólo recientemente los historiadores se han interesado en el papel papal del imperio y más específicamente en el derecho canónico. Si el Sacro Imperio Romano estaba marcado por la ley romana, la Iglesia y la concepción papal del imperio estaban marcadas por el derecho canónico. Estas son dos líneas de fuerza legales que marcarán la concepción del imperio.

Es interesante preguntarse qué ha aportado el cristianismo al pensamiento político y jurídico occidental, qué puede ser relevante para lo que estamos hablando en la doctrina cristiana, qué ha aportado el cristianismo que es esencial para construir la visión papal del imperio.

Se pueden distinguir dos contribuciones específicas particulares. Primero, el cristianismo trajo la dualidad de poder entre Dios y el César. Jesús dijo: "Debes darle al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios". Esta visión dual del poder es una visión muy esencial e importante en la historia. La segunda contribución es la afirmación del origen divino del poder "omni potestas a deo" porque todo el poder viene de Dios. Estas dos contribuciones son esenciales porque es sobre estas dos contribuciones que se construirá la concepción papal del imperio.

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Ciudad terrenal y ciudad celestial[modifier | modifier le wikicode]

Agustín visto por Botticelli en Ognissanti (alrededor de 1480).

En los escritos de San Agustín, La Ciudad de Dios, escrita entre 1413 y 1424, constituirá una de las bases de la visión papal del Imperio.[4][5] En el libro La Ciudad de Dios, el primer argumento es que hay dos mundos, el que conocemos, a saber, la ciudad terrenal, y el que no conocemos, pero representado por la comunidad de cristianos que es la ciudad celestial. San Agustín divide el mundo en dos. Ahora entendemos de dónde viene la idea de Lutero entre el mundo de los mundos y el mundo terrenal, pero es San Agustín quien divide el mundo en dos. El segundo argumento es que San Agustín no se opone a estos dos mundos, pero los jueces complementarios que deben trabajar juntos no quieren oponerse a la ciudad terrenal y a la ciudad celestial. Para él, si todo el poder viene de Dios, muy claramente, el poseedor y la forma que este poder toma en la tierra depende de los hombres. San Agustín dice que todo el poder viene de Dios, pero el poseedor y la forma que el poder toma en la ciudad terrenal y la jurisdicción de los hombres. Los dos poderes deben coexistir y vivir juntos. El tercer punto es que Dios tiene un propósito para la humanidad, pero sus puntos de vista y propósitos son impenetrables, refiriéndose al "Deus absconditus" de Lutero. No se puede pretender que Dios diga que la concepción papal es mejor que otras porque no se sabe absolutamente nada de ella. El cuarto argumento es que si San Agustín separa los dos poderes, si afirma que deben colaborar, propone y defiende una concepción imperial de la Iglesia en el sentido de que la Iglesia es efectivamente la heredera del Imperio Romano, la institución Iglesia es la heredera del Imperio Romano. La heredera de la Iglesia de Pedro es la heredera del Imperio Romano.

La concepción papal del imperio que pone a la Iglesia en el centro del poder será asumida por los diversos papas y desarrollada. Debemos insistir en dos etapas que son una consolidación de la concepción papal del imperio. Debemos a dos papas haber consolidado, escrito y teorizado la concepción papal basada en los cuatro grandes argumentos de San Agustín.

La concepción papal del Imperio[modifier | modifier le wikicode]

El primer papa que construyó la concepción papal del Imperio fue el Papa Gregorio I (540 - 604) quien fue el primer papa en desarrollar una auténtica teoría de la ley divina en la que se basaría la concepción papal del Imperio, construyendo su argumento en torno a una idea central que es que la Iglesia es ciertamente la base del poder, pero sobre todo, el poder temporal es sólo un departamento del poder espiritual. Formula una concepción ministerial de imperio, los órganos de poder temporal y por lo tanto de imperio son sólo una pequeña parte de la Iglesia. El Papa es el titular del Dominium Mundi, es decir, el amo del mundo.

El segundo que propuso esta concepción papal del imperio fue el Papa Gregorio VII (1015 - 1085) que estableció en la Iglesia la segunda reforma gregoriana que propondrá una auténtica teoría papal del imperio en un texto de 1075 titulado Dictatus papae que afirma la primacía del papa, la supremacía del poder papal y el hecho de que el papa es el titular del dominus mundi. La concepción papal del imperio se basa en tres grandes príncipes:

  • El Papa tiene jurisdicción universal para deponer a los emperadores;
  • El Papa es el único que puede usar la insignia imperial;
  • los sacerdotes de Cristo son los obispos son los padres de los reyes.
Dictatus papæ, archivos del Vaticano.


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  1. Quod Romana ecclesia a solo Domino sit fundata. - La Iglesia Romana fue fundada sólo por el Señor.
  2. Quod solus Romanus pontifex iure dicatur universalis. - Sólo el pontífice romano se dice, con razón, que es universal.
  3. Quod ille solus possit deponere episcopos vel reconciliare. - Solo, puede deponer o absolver a los obispos.
  4. Quod legatus eius omnibus episcopis presit in concilio etiam inferioris gradus et adversus eos sententia depositionis possit dare. - Su legado, en un concilio, es sobre todo los obispos, aunque sea inferior a ellos por la ordenación, y puede deponer una sentencia de destitución contra ellos.
  5. Quod absentes papa possit deponere. - El Papa puede deponer a los ausentes.
  6. Quod cum excomminicatis ab illo inter caetera nec in eadem domo debemus manere. - Entre otras cosas, los que han sido excomulgados por él no pueden vivir bajo el mismo techo.
  7. Quod illi soli licet pro temporis necessitate novas leges condere, novas plebes congregare, de canonica abbatiam facere et e contra, divitem episcopatum dividere et inopes unire. - Solo puede, según la oportunidad, establecer nuevas leyes, reunir nuevos pueblos [o "nuevas parroquias"], transformar una iglesia colegial en una abadía, dividir un obispado rico o unir obispados pobres.
  8. Quod solus possit uti imperialibus insigniis. - Solo, puede usar la insignia imperial.
  9. Quod solius papae pedes omnes principes deosculentur. - Que todos los príncipes sólo besan los pies del Papa.
  10. Quod illius solius nomen in ecclesiis recitetur. - Es el único cuyo nombre se habla en las iglesias.
  11. Quod hoc unicum est nomen in mundo. - Su nombre es único en el mundo.
  12. Quod illi liceat imperatores deponere. - Se le permite deponer a los emperadores.
  13. Quod illi liceat de sede ad sedem, necessitate cogente, episcopos transmutare. - Se permite el traslado de obispos de una Sede a otra, según sea necesario.
  14. Quod de omni ecclesia quocunque voluerit clericum valeat ordinare. - Se permite el traslado de obispos de una Sede a otra, según sea necesario.
  15. Quod ab illo ordinatus alii ecclesie preesse potest, sed non militare ; et quod ab aliquo episcopo non debet superiorem gradum accipere. - El que ha sido ordenado por él puede gobernar la iglesia de otro, pero no hacer la guerra; no debe recibir un rango superior de otro obispo.
  16. Quod nulla synodus absque praecepto eius debet generalis vocari. - Ningún sínodo puede ser llamado general sin su orden.
  17. Quod nullum capitulum nullusque liber canonicus habeatur absque illius auctoritate. - No existe ningún texto canónico fuera de su autoridad.
  18. Quod sententia illius a nullo debeat retractatari, et ipse omnium solus retractare possit. - Su sentencia no debe ser reformada por nadie y sólo él puede reformar la sentencia de todos.
  19. Quod a nemine ipse iudicari debeat. - No debe ser juzgado por nadie.
  20. Quod nullus audeat condemnare apostolicam sedem appellantem. - Nadie puede condenar a nadie que apele a la Sede Apostólica.
  21. Quod maiores causae cuiuscumque ecclesiae ad eam referri debeant. - La causa mayor de cualquier iglesia debe ser presentada ante él.
  22. Quod Romana ecclesia nunquam erravit nec in perpetuum, scriptura testante, errabit. - La Iglesia Romana nunca ha vagado y, según el testimonio de las Escrituras, nunca vagará.
  23. Quod Romanus pontifex, si canonice fuerit ordinatus, meritis Beati Petri, indubitanter efficitur sanctus, testante sancto Ennodio Papiensi episcopo, ei multis sanctis patribus faventibus, sicut in decretis beati Symmachi continetur. - El Romano Pontífice, ordenado canónicamente, es indudablemente por los méritos de San Pedro establecido en santidad, como atestigua San Ennodio, Obispo de Pavía, de acuerdo con muchos Padres, como puede verse en el decreto del Bendito Papa Symmmachus.
  24. Quod illius precepto et licentia subiectis liceat accusare. - Por orden suya y con su consentimiento, los vasallos pueden presentar cargos.
  25. Quod absque synodali conventu possit episcopos deponere et reconciliare. - El Papa puede deponer y absolver a los obispos en ausencia de un sínodo.
  26. Quod catholicus non habeatur, qui non concordat Romane ecclesie. - Aquel que no está con la Iglesia Romana no es considerado católico.
  27. Quod a fidelitate iniquorum subiectos potest absolvere. - El Papa puede liberar a los súbditos del juramento de fidelidad a los injustos. »
Bernardo de Claraval predicando la Segunda Cruzada en Vézelay en 1146 (siglo XIX).

Otro protagonista permitió que se estableciera definitivamente la concepción papal del Imperio, ya que fundó una teoría que iba a tener mucho éxito. Se trata de San Bernardo de Claraval (1091 - 1143) que fue el último gran teórico de la concepción papal del Imperio, que en 1149 expuso la teoría de las dos espadas. La teoría de las dos espadas establecerá la concepción papal del imperio e intenta hacer del papa el poseedor del dominius mundi. Esta teoría dice tres cosas muy simples que son tres argumentos esenciales:

  • Retoma el discurso de Cristo en la Última Cena donde distingue entre dos espadas. Representan el poder espiritual y temporal;
  • El poder temporal se delega en una autoridad política;
  • como muestra el texto bíblico, la espada es desenvainada por y para la Iglesia que es por lo tanto superior al poder temporal.

San Bernardo Clervaux se preguntará quién desenvaina la espada de piedra cuando Jesús esté a punto de ser arrestado. La espada es desenvainada por San Pedro que es el fundador de la Iglesia y para la Iglesia que es el poder espiritual. El poder espiritual debe ser superior al poder temporal porque es él quien tomó la decisión de actuar o no actuar. Según el texto bíblico, la espada salió por y a través de la Iglesia que es por lo tanto superior al poder temporal que debe obedecer al poder espiritual que es superior a ella.

« Ambas espadas pertenecen a la Iglesia, y la espiritual y la material; una debe ser desenvainada por ella, la otra por ella; una por la mano del sacerdote, la otra por la del caballero, pero a petición del sacerdote y por orden del emperador [...] el que niega que la espada sea suya, parece no prestar suficiente consideración a la palabra del Señor diciendo: "Vuelve a meter tu espada en la vaina […] » »

Vemos muy bien en este texto que la autoridad suprema es Jesús y por lo tanto es el poder espiritual el que es superior al poder temporal. Esta concepción papal del imperio es una concepción centralizada donde el poder espiritual es superior al poder temporal, donde el poder de los reyes es inferior al poder de los papas. Es una concepción en la que la doctrina cristiana encuentra su lugar.

El fenómeno de la doble impugnación externa e interna también ha estado presente en la concepción papal del imperio que se impugna externamente por los emperadores, pero también internamente. La concepción papal del imperio ha sido impugnada por miembros de la propia Iglesia. La centralización del poder fue desafiada desde el interior.

Bernard de Claraval enseñando en la sala capitular, Horas de Etienne Chevalier, iluminado por Jean Fouquet, Museo Condé, Chantilly.

La primera disputa tuvo lugar dentro de la Iglesia a través de un movimiento que surgiría entre los siglos IX y X que vería el nacimiento de pequeñas entidades. Nacieron en Europa a partir del siglo X las famosas órdenes religiosas que son la orden cisterciense de Cîteaux, la orden de los benedictinos mucho antes que la orden jesuita. El nacimiento de las órdenes monásticas es una importante fuente de impugnación de la visión papal del imperio. El funcionamiento mismo de estos monasterios es extremadamente "democrático", es decir, estas órdenes religiosas defenderán la obediencia a la palabra de Dios, consagrarán los famosos orare y laborare pero sobre todo consagrarán un modo horizontal de toma de decisiones dentro de estas órdenes. La visión papal se basa en una visión vertical, pero con la impugnación interna dentro de la Iglesia, las órdenes religiosas defenderán una visión horizontal del poder. En francés, usamos la expresión "avoir voix au chapitre". Estas órdenes religiosas tienen un proceso de toma de decisiones horizontal en el que todos tienen una voz y un voto, se decide idealmente en forma de consenso, de lo contrario por mayoría de votos. Es una visión de poder que las órdenes monásticas han defendido entrando en confrontación con la visión papal del imperio para que las órdenes benedictinas y cistercienses lo ataquen sin éxito.

A finales del siglo XV, a pesar de las disputas internas, las dos concepciones imperiales y papales del imperio se enfrentaron por la autoridad suprema, por el poder, defendiendo dos visiones radicalmente opuestas del imperio. Un hecho histórico hará añicos estas dos concepciones que han estado en conflicto durante casi ocho siglos. Es un hecho histórico importante que redefinirá completamente la visión y concepción del imperio, es el descubrimiento del Nuevo Mundo de 1492. Ya no hay dos concepciones de los imperios que se enfrentarán entre sí, sino una multitud de concepciones que tendrán que responder a un cierto número de concepciones de autoridad y poder.

Anexos[modifier | modifier le wikicode]

Referencias[modifier | modifier le wikicode]

  1. Alexis Keller - Wikipedia
  2. Alexis Keller - Faculté de droit - UNIGE
  3. Alexis Keller | International Center for Transitional Justice
  4. O’Daly, G. (2020). Augustine’s City of God: A reader’s guide. Oxford University Press.
  5. Mommsen, Theodor E. “St. Augustine and the Christian Idea of Progress: The Background of the City of God.” Journal of the History of Ideas, vol. 12, no. 3, 1951, pp. 346–374. JSTOR, https://www.jstor.org/stable/2707751.