La aplicación de una ley

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Acción y jurisdicción

La ley sólo es aplicable si se puede hacer cumplir. Para ello, interviene la pareja acción/jurisdicción.

Acción: El ámbito de la aplicación de la ley se define como el proceso legal diseñado para garantizar la sanción de la ley con la ayuda de los tribunales. El derecho sólo existe si el titular de un derecho tiene la posibilidad de hacerlo valer con la asistencia del Estado o de otras autoridades.

Jurisdicción: Es la actividad del Estado la que determina el derecho que se extiende a los órganos establecidos para ejercer la misión de juzgar y hacer justicia, por aplicación de la ley. Estos servicios se confían al poder judicial para resolver conflictos.

Así, el sistema jurídico permite un derecho general de acción; cualquier derecho subjetivo permite que se tomen medidas ante los órganos del Estado para hacer cumplir o establecer su existencia.

Las acciones pueden ser civiles, penales o administrativas.

Modos alternativos de reglas de conflicto

Existe la posibilidad de recurrir al tribunal, pero también existen otros tribunales distintos de los del Estado. Sin embargo, esto no afecta al juez del Estado.

Sólo puede utilizarse con la autorización del Estado, afecta al derecho privado, al derecho público y al derecho internacional.

Negociaciones y "conversaciones"

La negociación es un modo utilizado en el ámbito del derecho internacional público. Las dos partes en conflicto discuten con vistas a resolver las diferencias entre ellas.

Durante las negociaciones puede intervenir un tercero que se pone a disposición de las partes (buenos oficios). No participa directamente, sino que a través de los medios que pone a disposición de las partes, promueve las discusiones.

Los "buenos oficios" permiten a un tercer país actuar como intermediario, permitiendo a las partes negociar en condiciones óptimas; las partes son libres de negociar.

En algunas crisis, Suiza ha desempeñado el papel de "buenos oficios", especialmente con Cuba.

Mediación

La mediación consiste en contar con un mediador elegido en función del prestigio que ejerce. Propone una solución, pero no la impone a las partes en conflicto que tienen la opción de aceptarla o rechazarla.

En general, la mediación se refiere tanto al derecho privado (conflictos laborales, conflictos familiares) como al derecho internacional.

La conciliación

La conciliación consiste en acercar a las partes en conflicto para encontrar una solución amistosa. El término amistoso proviene de la palabra latina "amicabilis", que pertenece únicamente al vocabulario jurídico.

La conciliación se refiere a una solución negociada que no puede limitarse estrictamente a la ley, el juez no decide, sino que busca llegar a un acuerdo.

Este es a menudo el primer paso que un juez en una disputa puede o debe dar (por ejemplo, el derecho de familia). Sin embargo, la aceptación es siempre la voluntad de las partes.

El arbitraje

El arbitraje es el sometimiento de una disputa a uno o más árbitros elegidos por las partes y que resulta en una decisión vinculante. A diferencia de la corte, usted puede elegir a su juez.

Antes del reconocimiento de una disputa bajo la cláusula de arbitraje, se puede acordar un arbitraje que si hay una disputa, se anticipa que la disputa será resuelta por arbitraje.

El arbitraje puede llevarse a cabo ad hoc, es decir, se aplica a un caso especial después de que ha surgido una disputa, de modo que las partes acuerdan resolver su disputa a través de un arbitraje alternativo.

Un acuerdo de arbitraje es un acuerdo en el momento de la disputa, decidido por arbitraje.

Hoy en día, el arbitraje es un método ampliamente utilizado en el derecho internacional. Por otra parte, el arbitraje ha encontrado un campo preferido en la vida de las grandes empresas (procedimiento más simple, más eficiente, más rápido, más discreto). En el ámbito de los negocios comerciales, el 80% de los contratos comerciales internacionales contienen una cláusula de arbitraje. Son las Cámaras de Comercio europeas las que han organizado los tribunales de arbitraje.

A diferencia de los jueces, los árbitros tienen una amplia experiencia práctica, particularmente en casos comerciales.

Las partes elegirán a los árbitros competentes en los ámbitos en los que existan conflictos.

Arbitraje de Alabama: El 15 de septiembre de 1872, Gran Bretaña fue condenada a pagar a los Estados Unidos una indemnización muy elevada por no cumplir con sus obligaciones de estricta neutralidad en la Guerra Civil. Culpable de negligencia al tolerar la entrega a los sureños de unos veinte barcos. Contribuirá a la base internacional de Ginebra.

Las partes del juicio

El juicio puede oponerse a dos partes, este es particularmente el caso del juicio civil:

  • DEMANDANTE es el que ha iniciado un juicio
  • DEFENSOR es la persona contra la cual se presenta una demanda legal.

La misión de represión ha terminado en el Estado. Los procesos penales son un poco diferentes, porque su misión es reparar, es el Estado el que se ocupa de ellos. Esta acción es iniciada automáticamente por el fiscal por iniciativa propia o por un funcionario público.

El Ministerio Público se refiere a todos los magistrados que tienen la responsabilidad de representar la ley y los intereses del Estado ante los tribunales.

  • En los cantones: la fiscalía está dirigida por un fiscal elegido por los responsables de los procedimientos penales.
  • En la Confederación: el Ministerio Público está encabezado por el Fiscal General de la Confederación, que es elegido por la Asamblea Federal.

La acción se desencadena automáticamente, no es necesario solicitar con antelación la intervención del fiscal.

El procedimiento penal

Las normas de derecho desencadenadas por el procedimiento penal son totalmente obligatorias, son normas de derecho que tienen una forma estricta. Esto garantiza la seguridad del derecho del acusado a ser acusado. Por ejemplo, una búsqueda debe seguir reglas estrictas para defender los intereses del acusado.

Los procedimientos acusatorio e inquisitivo

El procedimiento penal, también conocido como investigación penal, es la búsqueda y obtención de pruebas relativas a un delito o falta.

Acusatorio

Es el procedimiento más antiguo, toma su nombre del hecho de que el proceso penal se inicia con una acusación, adopta la forma de una lucha organizada en formas solemnes entre el demandante y el demandado, que es arbitrada por un juez con el fin de poner fin a esta lucha simulada dando razón a una u otra parte. Es la expresión de regímenes políticos con alta participación ciudadana.

La fiscalía es acusada, el juez es un árbitro. Se asegura de que la lucha entre las dos partes vaya bien y debe decidir sobre las pruebas que recibe.

Este procedimiento es:

  • oral;
  • público;
  • contradictorio.

Tiene en cuenta a ambas partes sin tomar ninguna iniciativa. Dado que el procedimiento es público, el ciudadano puede comprobar su buen funcionamiento.

El enjuiciamiento y la investigación de los delitos se deja en manos del sector privado, ya que los recursos de la fiscalía son insuficientes. Faltan pruebas porque el juez no puede intervenir directamente. Como resultado, los intereses de los acusados se ven perjudicados en cierta medida.

Por otra parte, hay una falta de instrucción: la instrucción, que es la fase del proceso penal en la que el juez de instrucción lleva a cabo investigaciones destinadas a identificar al autor del delito, aclarar su personalidad y establecer las circunstancias y consecuencias de este delito, a fin de decidir sobre las medidas que se han de adoptar en los procedimientos públicos. Este procedimiento existe principalmente en los Estados Unidos.

El derecho procesal se ocupa de la resolución de conflictos y delitos que perjudican a una comunidad (Delitos). En su Germania, Tácito habla de la existencia de tribunales para resolver disputas; los principios, elegidos, debían incluir a las personas del pueblo.

Según el código de los francos salianos (alrededor de 500), el juez dirigía todo el procedimiento, desde la citación hasta la ejecución, mientras que la sentencia propuesta pertenecía al "rachimburg", es decir, siete hombres elegidos como jueces de la comunidad herida, y tenía que ser aprobada por la Cosa, es decir, todos los hombres con derecho a portar armas (leyes bárbaras). De acuerdo con la ley de Alaman (lex Alamannorum, circa 720), el juez tenía que ser nombrado por el Duque y aprobado por el pueblo. La reforma judicial carolingia (hacia 770) difirió la posibilidad de dictar sentencia a concejales, jueces permanentes, y la sentencia ya no tenía que ser aprobada por la Cosa. La subdivisión procesal en baja (causae minores) y alta (causae majores) es el origen de la distinción entre procedimiento civil y procedimiento penal (Derecho Penal).

Inquisitorio

Este procedimiento tiene su origen en las jurisdicciones eclesiásticas y en el derecho canónico. Se generalizó en el siglo XIII y luego se extendió a la mayoría de las jurisdicciones seculares.

Este sistema responde a las necesidades de un régimen autoritario que antepone los intereses de la sociedad a los del individuo.

Este procedimiento toma su nombre de una formalidad inicial que designa la realización posterior de un procedimiento judicial y pesa sobre la investigación, la inquisitio. La investigación determina el desarrollo del juicio. Es el magistrado quien lleva a cabo esta investigación y se inicia de oficio, es decir, a iniciativa del magistrado o de un funcionario público. Por otro lado, el magistrado dirige los debates.

El poder de investigación del magistrado no se limita a las conclusiones de las partes y es secreto, escrito y no contradictorio.

Con la investigación confiada a los jueces, pocos culpables escapan al castigo. Por otro lado, las desventajas son que la naturaleza indefensa del acusado lleva a la condena de personas inocentes. Desde un punto de vista técnico, el procedimiento inquisitivo es demasiado largo, su naturaleza escrita resulta en una completa deshumanización del proceso penal.

Con esta instrucción, el acusado tiene pocas posibilidades de salirse con la suya y la audiencia de la sentencia es sólo pura finalidad, porque la instrucción ocupa la mayor parte del tiempo.

La mayoría de los países europeos en el segundo milenio cambiaron de un sistema a otro. Con el Siglo de las Luces y las resoluciones, ha habido un cierto trastorno. A partir del siglo XIX se produce un cambio en el sistema: se utilizan los mejores elementos de ambos procedimientos para crear un procedimiento penal que tenga en cuenta ambos aspectos.

Dos procedimientos penales importantes:

  • Fase preliminar: de tipo inquisitivo (secreto, escrito y no contencioso), incluye investigación policial e investigación.
  • Fase decisiva: fase contradictoria, juicio y sentencia.

À partir du siècle des Lumières, on trouve un système mixte qui prend les avantages du type inquisitoire et accusatoire pour la phase décisoire.

Los principios que rigen el procedimiento penal

Las normas sustantivas y el procedimiento penal están sujetos al principio de legalidad.

Principio de legalidad

El principio de legalidad exige que la administración actúe únicamente en el marco establecido por la ley. Por un lado, la administración debe respetar, en todas sus actividades, todas las disposiciones legales que la rigen, así como la jerarquía de estas disposiciones: este es el principio de la primacía -o, en terminología más tradicional, la supremacía- de la ley. Por otra parte, la administración sólo puede actuar si la ley lo permite; en otras palabras, cualquier acción de la administración debe basarse en una ley: éste es el principio del requisito de la base legal.

La ley es la única fuente del Código Penal y es la única que define los delitos y las penas que le son aplicables.

Este principio de legalidad tiene tres consecuencias:

  • nullum crimen sine lege: no hay crimen sin ley;
  • nulla poena sine lege: no hay pena sin ley;
  • nulla poena sine crimine: no hay pena sin delito.

Estas consecuencias implican que las reglas de procedimiento deben encontrar sus fuentes en la ley y deben estar en conformidad con la ley.

La regla de legalidad es un principio constitucional:

  • principio de la supremacía de la ley que todos deben aplicar;
  • requisito de la base legal: cualquier actividad del Estado debe estar basada y basada en la ley;
  • el reglamento interno debe aplicarse de conformidad con el principio de buena fe.

El procedimiento no debe convertirse en un fin en sí mismo, ya que corre el riesgo de suplantar a la justicia. Por lo tanto, los agentes que aplican el procedimiento no deben ir en contra del principio de buena fe.

Principio de buena fe

El principio de buena fe (buena fe en el sentido objetivo) es el principio que obliga al Estado y a las personas a comportarse honesta y equitativamente en sus relaciones jurídicas (véase el párrafo 3 del artículo 5 del Código Penal; párrafo 1 del artículo 2 del Código Penal). La buena fe en el sentido objetivo debe distinguirse de la buena fe en el sentido subjetivo (Art. 3 CC), que se refiere al hecho de que una persona ignora un defecto legal que afecta a una situación de hecho específica.

La ley debe combinar armoniosamente los intereses de los individuos y los intereses de la sociedad. Por lo tanto, es importante que las disposiciones procesales no sean demasiado estrictas para el acusado ni demasiado formales. La defensa debe expresarse libremente y es el procedimiento penal el que lo indica, sin poner en peligro la tarea del Estado y la tarea de la represión.

Por otra parte, el procedimiento penal se rige y determina por un conjunto de principios que imponen ciertos deberes fundamentales a las autoridades penales.

Estos principios se derivan generalmente de la constitución federal, pero también de tratados internacionales como, por ejemplo, la Convención de Derechos Humanos o los pactos de la ONU sobre el tema.

Las etapas del procedimiento penal

El 1 de enero de 2011, el proceso penal se transfirió al Estado federal. Este evento se caracteriza por la entrada en vigor de los Códigos de Procedimiento Civil y Penal.

Fueron el pueblo y los cantones los que modificaron la Constitución en marzo de 2000 transfiriendo la jurisdicción penal a la confederación. El Estado federal lo ha ejercido mediante la promulgación de una ley de procedimiento civil y una ley de procedimiento penal.

Los procesos civiles se caracterizan por dos fases:

FASE 1: Preliminar

  • Investigación (investigación policial)
  • Instrucción

La fiscalía cantonal lleva a cabo investigaciones, investiga y prepara la acusación ante el tribunal. Así pues, la acusación, la investigación y el enjuiciamiento son responsabilidad exclusiva del fiscal. Este órgano hará que el enjuiciamiento penal sea muy eficaz.

El Ministerio Público se refiere a todos los magistrados que tienen la responsabilidad de representar la ley y los intereses del Estado ante los tribunales.

Investigación, la fase del proceso penal durante la cual el juez de instrucción lleva a cabo investigaciones destinadas a identificar al autor del delito, aclarar su personalidad y establecer las circunstancias y consecuencias de este delito, a fin de decidir sobre las medidas que se han de adoptar en los procedimientos públicos.

Investigación después de una denuncia, las autoridades procederán a una investigación. Sobre la base de las investigaciones, el Ministerio Público determinará si debe abrirse una investigación: se abre una investigación cuando hay motivos suficientes para sospechar que se ha cometido un delito.

Apertura de la investigación

En vista de las pruebas, la fiscalía tomará la decisión de acusar al acusado.

FASE 2: Decisión La transmisión de la acusación desencadena la fase decisiva. El fiscal se convierte en una simple parte de la acusación: acusador público. El presidente del tribunal es quien dirige el procedimiento.

Primer paso: el examen de la acusación (principio inquisitorial)

  • la fiscalía pasa la acusación al tribunal
  • el órgano jurisdiccional comprueba si el auto de procesamiento se ha dictado con regularidad
  • si el comportamiento denunciado en una acusación es punible, si hay sospechas suficientes para apoyar una acusación, el juez iniciará el juicio
  • el presidente prepara los debates, pone en circulación los expedientes, fija la fecha del juicio y convoca a las personas en la causa

Segundo paso: el debate en el tribunal (principio de contradicción) El procedimiento es contradictorio, público, oral. El juez es el actor de esta fase, pero también es un árbitro.

Los debates siguen un procedimiento preciso:

  • inicio: acusación
  • procedimiento probatorio
  • audiencias de testigos, acusados, peritos
  • revisión de evidencia
  • alegatos: se inicia el proceso seguido por el demandante, se puede solicitar una segunda ronda de alegatos.
  • la última palabra siempre es para el acusado

Paso 3: Juicio

El tribunal se retira a puerta cerrada para establecer la sentencia.

  • La deliberación es primero oral y luego escrita
  • tiene varias preguntas:
  1. ¿el acusado es culpable o inocente? (art. 351 del Código de Procedimiento Penal): el tribunal debe decidir a favor del acusado (in dubio proreo: la duda beneficia al acusado).
  2. la pena: fijación de la pena dentro de los límites legales en función de los hechos de los que el acusado haya sido declarado culpable
  3. intereses civiles: cuando la parte perjudicada reclama daños y perjuicios, el tribunal debe decidir sobre los daños y perjuicios
Procédure pénale.jpg

La justicia de menores

Modelos que rigen la justicia de menores

Hay tres modelos principales:

  • el modelo punitivo (en los países anglosajones)
  • el modelo de protección (Brasil, Portugal, España)
  • el modelo intermedio (Suiza)

El modelo punitivo no hace diferencias significativas con la justicia de adultos. En este sistema represivo, el menor está sujeto a severas sanciones y es colocado en instituciones cerradas. El juez no protege al delincuente juvenil. El objetivo es dar prioridad a la protección de la sociedad, sin preocuparse por la protección del menor. → 80% reincidencia

En el modelo de protección, el juez tratará de entender por qué el delincuente juvenil se resbaló. Este delincuente juvenil es considerado una víctima y por lo tanto necesita ser cuidado y supervisado. El juez tiene un amplio margen de apreciación. Este modelo de protección descuida a la víctima del menor infractor y favorece la reinserción de este último.

El modelo intermedio se encuentra entre los dos modelos anteriores. Aunque se ocupa de la protección de la sociedad, este modelo mantiene como objetivo principal la educación de los delincuentes juveniles. Así pues, el juez no tiene que responder con una sola pena a un delito cometido por un menor, sino que dispone de toda una serie de medidas. → 35% a 45% de reincidencia

El modelo del fiscal de menores y el modelo del juez de menores

El modelo de fiscal de menores, que se encuentra en la mayoría de los cantones de habla alemana, prevé que un magistrado lleve a cabo la investigación, decida los casos menos importantes mediante una orden penal que cierre el caso (artículo 32 del procedimiento penal de menores) y, en otros casos, redacte el acta de acusación él mismo antes de remitirla al tribunal de menores. Este magistrado no se sienta en el tribunal él mismo, sólo apoya a la fiscalía (parte acusadora), sino que también se ocupa de la fase posterior a la sentencia.

El modelo del juez de menores, que se encuentra en los cantones latinos, establece que el mismo juez conduce e investiga los casos menos importantes, decide los casos menos importantes por medio de una orden penal que cierra el caso (art. 32 del procedimiento penal de menores) y es muy diferente del modelo del fiscal de menores, se sienta en el tribunal y, por lo tanto, participa plenamente en la sentencia del menor. Este modelo es ventajoso para el delincuente juvenil, ya que el juez lo conoce personalmente.

Le système des peines et la médiation

Cuando determina que se han cometido delitos, el Tribunal Penal de Menores puede adoptar las siguientes decisiones: ordenar medidas cautelares, eximir al menor de la pena o imponerle una pena.

  • Las medidas de protección (vigilancia, asistencia personal, etc.) están previstas en el artículo 10 de la Ley federal que regula la situación penal de los menores y tienen por objeto proteger a los delincuentes juveniles, sean o no culpables.
  • De conformidad con el artículo 21 de la Ley federal sobre la situación penal de los menores, el tribunal puede renunciar a la imposición de una pena si ello pusiera en peligro el objetivo de una medida de protección ya ordenada.
  • La pena impuesta por el tribunal penal de menores puede ir desde la reprimenda, el servicio personal o la multa y, en casos extremos, la privación de libertad.

En este contexto, y de conformidad con el artículo 16 de la Ley de procedimiento penal de menores, la autoridad investigadora y el tribunal de menores pueden tratar de llegar a una conciliación entre la parte lesionada y el menor acusado cuando el procedimiento se refiera a un delito perseguido por denuncia (por ejemplo, daños materiales, como el graffiti). Si esta conciliación tiene éxito, el procedimiento se cierra.

El artículo 17 prevé la mediación: la autoridad investigadora y los tribunales pueden suspender el procedimiento en cualquier momento y designar a una persona competente en materia de mediación para que inicie un procedimiento de mediación. El mediador es una persona independiente del poder judicial. Si, a través de la mediación, se llega a un acuerdo entre el menor acusado y la parte perjudicada, se renuncia a cualquier procedimiento penal y se cierra el procedimiento (art. 5).

La mediación permite demostrar al menor que su acto constituye un delito que viola la ley. Por lo tanto, podrá darse cuenta del daño que ha causado y de lo que debe hacer para redimirse del acto que ha cometido. La mediación, en el contexto de la justicia penal juvenil, tiene sobre todo una dimensión social y la ventaja de implicar a todas las partes implicadas en el conflicto. Sin embargo, esta mediación no es obligatoria y sólo está disponible con el consentimiento de ambas partes. Puede considerarse en todas las fases del procedimiento e incluso durante la ejecución de las medidas, es decir, después de la sentencia.

A través de la mediación, las personas discuten el seguimiento del proceso penal en curso y consideran sus propias soluciones para llegar a un acuerdo, que puede incluir o no la retirada de la denuncia. El contenido de la mediación (lo que se dijo allí) es confidencial para las autoridades judiciales, a las que sólo se les informa del posible acuerdo alcanzado durante la mediación. A diferencia de la conciliación, son las partes las que encuentran las soluciones por sí mismas en la mediación. Estas soluciones deben ser aceptadas tanto por la víctima como por el delincuente juvenil. Por lo tanto, el mediador no impone soluciones a las partes. La mediación es generalmente (70%) muy apreciada por quienes la han utilizado.

Los recursos y remedios

Una apelación es una solicitud contra cualquier decisión o acto. La apelación también se refiere al documento escrito que contiene la apelación.

Los recursos se dividen en dos categorías: recursos ordinarios y recursos extraordinarios. En principio, el tribunal que dicta una sentencia ofrece todas las garantías de justicia y rectitud. Sin embargo, a fin de proporcionar una garantía adicional, se han previsto recursos legales que funcionan bajo la regla de un tribunal de dos niveles o de dos instancias.

Con arreglo a este procedimiento, un litigio puede ser tratado de hecho y de derecho sucesivamente por dos órganos jerárquicos:

  • Una vez por un tribunal de primera instancia o de primera instancia, que dicta una sentencia.
  • Una segunda vez por un tribunal de apelación o un tribunal de segunda instancia, que emite un fallo vinculante.

Si las partes aún no están satisfechas con esta segunda sentencia, pueden recurrir a un medio extraordinario denominado recurso de casación.

Apelación

La apelación es el medio ordinario de apelación para obtener una reforma del proceso. La posibilidad de apelar es la misma en todos los sistemas jurídicos. Sin embargo, es posible que una decisión en primera instancia pueda dictarse sin recurso, en particular si los intereses sociales o económicos son insignificantes. La justicia es un servicio caro y su aplicación exige el respeto de la proporcionalidad.

La apelación tiene dos efectos: un efecto suspensivo que suspende la sentencia de primera instancia, y un efecto devolutivo que requiere que el juez de primera instancia transmita al juez de apelación el conocimiento de todo el caso. Si es necesario, el caso será juzgado de una nueva manera. En este caso, el juez revisará tanto los hechos como la ley, es decir, la forma y el fondo. Un tribunal de apelación emite una sentencia ejecutiva que sustituirá a la sentencia de primera instancia. Esta sentencia no podrá ser objeto de un nuevo recurso ordinario.

El recurso de casación

Un recurso de casación es un recurso extraordinario, en el que una parte pide a un tribunal superior que anule una sentencia porque considera que se ha producido una violación de la ley. Por lo tanto, el recurso de casación no tiene efecto y el caso sólo se juzga de acuerdo con la ley, por lo que los hechos se dan por sentados. En general, el recurso de casación no tiene efecto suspensivo, salvo en el caso en que así lo decida el juez de casación.

En principio, el juez de casación no dicta sentencias ejecutivas de las partes en el proceso. Si considera que la decisión es correcta, la confirma y en este caso se ejecutará la decisión del tribunal de primera instancia. Si, por el contrario, considera que la decisión no es conforme con la ley, la infringe y devuelve el caso al Tribunal de Apelación que dictó la sentencia en cuestión. La facultad de casación es subsidiaria del recurso y la ley enumera de forma restrictiva los medios que el recurrente puede invocar en casación. Estos son generalmente defectos graves de la ley.

En resumen, una apelación es un medio extraordinario de apelación por el cual una parte busca que una Corte Suprema anule la sentencia en caso de una violación grave de la ley.

La revisión

Se trata de un recurso extraordinario por el que una parte solicita la plena reanudación de un juicio que ya ha entrado en vigor y, por lo tanto, ya ha sido ejecutado.

Para que un juicio sea revisado, debe ser posible probar que se han descubierto nuevos hechos significativos que no pudieron ser invocados en el juicio anterior. En este caso, la ley admite que cuando una sentencia está viciada por un defecto grave, puede ser revisada.

Anexos

Referencias